Guía de preguntas frecuentes para solicitantes
La Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco (ITEI) protege el derecho de acceso a la información pública y promueve la protección de los datos personales que estén en posesión de los sujetos obligados.
Información pública
Proceso de solicitud de información pública
Proceso de recurso de revisión
Generales
Glosario
Información pública
¿Qué información puedo solicitar?
La información que puede solicitar es toda la que se encuentre en posesión de las
instituciones públicas como resultado del ejercicio de sus funciones.
Sin embargo, existen casos en los que la información pública puede ser clasificada como reservada o confidencial; en tales casos la información no se le podrá entregar. Cuando la información solicitada es de carácter reservado o confidencial, el sujeto obligado (la dependencia o entidad) debe justificar y ofrecer razones por las cuales clasificó la
información.
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¿Dónde puedo presentar solicitudes de información?
En el sistema Infomex Jalisco www.infomexjalisco.org.mx o en la Unidad de
Transparencia e Información (UTI) de la entidad de la cual requiere información.
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¿Dónde se encuentra la información pública?
La información pública se encuentra en las entidades, organismos y dependencias
(sujetos obligados) que reciben recursos públicos estatales o municipales. Por ello, para
solicitar información debo de acudir al sujeto obligado que posee (genera, administra o
mantiene) esa información o, en su caso, ingresar una solicitud vía el sistema Infomex Jalisco, eligiendo al sujeto obligado correspondiente.
Nota: el ITEI no es un concentrador de información pública; sólo tiene la información relativa al resultado del ejercicio de sus funciones como cualquier otro sujeto obligado.
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Proceso de solicitud de información pública
¿Quién puede solicitar información pública?
Todas las personas pueden solicitar información pública, sin necesidad de identificarse,
justificar su solicitud o decir el uso que le dará a la información. Se trata de un derecho
fundamental, de una garantía individual.
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¿Cómo puedo solicitar información pública vía Infomex?
Sólo hay que ingresar al sistema Infomex www.infomexjalisco.org.mx y seguir los
siguientes pasos:
1. Registrarse con usuario y contraseña. En el formato de registro es necesario proporcionar los datos obligatorios (nombre, domicilio y el nombre de usuario y
contraseña).
2. Una vez registrado, ingresar con el nombre de usuario y contraseña al
sistema. El sistema despliega un menú con las opciones de servicios que se
ofrecen:
a. Acceso a información pública
i. Nueva solicitud de información
ii. Ingresar un recurso de revisión
b. Actualizar o corregir mis datos personales
3. Seleccionar la opción “Nueva solicitud de información” en “Acceso a la
información pública”.
4. Llenar la solicitud. El formato de solicitud de información consta de cuatro
secciones para recabar los siguientes datos:
a. ¿qué deseas preguntar?
i. Describir la información que deseo conocer
ii. Seleccionar el sujeto obligado (organismo, dependencia, entidad) al que solicito la información.
b. ¿cómo recibir la respuesta?
i. Elegir el formato en que deseo obtener la información
c. Datos del solicitante
i. Ingresar el nombre de la persona (física o moral) que solicita la
información
d. Información estadística (opcional)
i. Los datos opcionales son usados únicamente con fines estadísticos, y resultan muy útiles para el trabajo del ITEI, lo cual contribuye en el mejor funcionamiento de los procesos de acceso a la información.
5. Una vez completa e ingresada la solicitud, el sistema emitirá un acuse de recibo
con toda la información relativa al proceso de acceso (plazos, recursos legales
disponibles, etc.)
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¿Cuánto tiempo toma responder una solicitud de información?
Las solicitudes de información deben ser respondidas en un plazo ordinario de cinco días
hábiles. En caso de que el sujeto obligado considere que no es posible responder la
solicitud en el plazo ordinario, deberá notificar* al solicitante la prórroga del plazo
extraordinario, equivalente a cinco días hábiles más. Es decir, el plazo máximo de
respuesta de una solicitud de información es de diez días hábiles.
• En el caso de solicitudes ingresadas vía el sistema Infomex Jalisco, la notificación
de la prórroga se hará vía el sistema. Es decir, ahí se publicará el aviso de
prórroga del sujeto obligado.
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¿La información pública tiene un costo?
No. El acceso y consulta de la información pública es gratuito, sin embargo, el soporte
material en donde se reproduce la información (copias simples, copias certificadas, discos
compactos, casete, etc.) tiene un costo. El costo del soporte material varía de entidad a
entidad, pero nunca puede ser superior al costo que prevalece en el mercado. La
información pública es gratuita.
Nota: puede consultar los costos del soporte material de cada sujeto obligado desde la
página principal del sistema Infomex Jalisco.
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Proceso de recurso de revisión
¿Qué es un recurso de revisión?
Es el recurso legal con el que cuenta la sociedad para controvertir (inconformarse) con la
respuesta o falta de respuesta a una solicitud de información por parte de algún sujeto obligado. Los recursos de revisión son resueltos por el Consejo del ITEI, que es la última
autoridad para resolver controversias en materia de transparencia y acceso a la información pública en el Estado de Jalisco.
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¿En qué casos puedo presentar un recurso de revisión ante el ITEI?
En caso de cualquier inconformidad con el resultado o falta de respuesta a la solicitud de
información el solicitante podrá presentar un recurso de revisión en el ITEI.
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¿Cuánto tiempo tarda el Consejo del ITEI en resolver un recurso de revisión?
Los recursos de revisión son resueltos dentro de los siguientes cinco días hábiles una vez
admitidos por el Consejo del ITEI. El Consejo admite recursos de revisión cada martes en
sesión ordinaria.
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¿Cómo puedo ingresar un recurso de revisión vía Infomex?
Sólo hay que ingresar al sistema Infomex www.infomexjalisco.org.mx y seguir los
siguientes pasos:
1. Ingresar al sistema con el usuario y clave con que se ingresó la solicitud de
información causa del recurso de revisión.
2. Ingresar con el nombre de usuario y contraseña al sistema. El sistema
despliega un menú con las opciones de servicios que se ofrecen:
a. Acceso a información pública
i. Nueva solicitud de información
ii. Ingresar un recurso de revisión
b. Actualizar o corregir mis datos personales
3. Seleccionar la opción “Ingresar un recurso de revisión”.
a. Seleccionar la solicitud cuya respuesta o falta de respuesta se quiere controvertir (inconformar)
b. Explicar las razones de la inconformidad
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¿Dónde puedo consultar las resoluciones del ITEI sobre mis recursos de revisión?
Una vez cumplido el plazo, las resoluciones de los recursos de revisión podrán
consultarse a través del sistema Infomex (sólo en caso de haber ingresado el recurso de
revisión por esta vía), o bien en la página de Internet del ITEI www.itei.org.mx.
Además, las sesiones de Consejo en donde se resuelven los recursos de revisión son
públicas y se llevan a cabo todos los martes, en las instalaciones del ITEI, ubicadas en la
calle Miguel de Cervantes Saavedra 19, Col. Ladrón de Guevara (entre Vallarta y
Morelos), en la ciudad de Guadalajara.
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Generales
¿Qué es el Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (ITEI)?
Es un órgano público constitucional autónomo encargado de garantizar el cumplimiento
de la Ley de Transparencia y proteger el derecho de acceso a la información pública, de
difundir la cultura de la transparencia y proteger los datos personales que se encuentran
en manos de los sujetos obligados.
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¿Qué es el sistema Infomex Jalisco?
El sistema Infomex Jalisco es una herramienta electrónica para realizar solicitudes de
información vía Internet a los sujetos obligados que cuenten con el sistema, que en
Jalisco son, hasta la fecha, el gobierno del Estado, los Ayuntamientos de Guadalajara,
Zapopan, Tlajomulco, Tlaquepaque, Tonalá, y al Instituto de Transparencia e Información
Pública de Jalisco (ITEI).
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¿Por qué se clasifica la información pública?
Porque no toda la información pública puede darse a conocer o entregarse a los
solicitantes.
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¿La autoridad está obligada a notificarme en mi domicilio la respuesta de mi solicitud de información?
La Ley establece que los sujetos obligados únicamente notificarán a los solicitantes, ya
sea en su domicilio o vía electrónica (Infomex), cuando nieguen la información solicitada.
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Si no me notifican la respuesta de mi solicitud, ¿cómo sabré cuándo recoger mi información?
Si vencidos los plazos de respuesta (ordinario y/o extraordinario) no le notifican nada,
usted debe acudir a la unidad de transparencia a la que le solicitó la información y pedir
que le entreguen su respuesta por escrito. En caso de haber ingresado su solicitud vía Infomex las respuestas a las solicitudes, así como las notificaciones se publicarán en el sistema.
La Ley de Transparencia establece que la falta de respuesta a una solicitud de
información obliga al sujeto obligado a entregar la información solicitada, para lo cual es
indispensable que el solicitante presente un recurso de revisión ante el ITEI por falta de
respuesta.
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¿Existe un plazo para presentar el recurso de revisión?
En caso de que le nieguen la información solicitada, el recurso de revisión deberá
presentarse dentro de los siete días hábiles siguientes a aquel en el que le notificaron la
negativa de su solicitud de información.
En cualquier otro caso de inconformidad no existe plazo para presentar el recurso de revisión por lo que podrá hacerlo en cualquier momento.
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¿Cuáles son las causas por las que se puede presentar un recurso de revisión?
- Por falta de respuesta a la solicitud de información
- Por negar la información solicitada
- Por entregar información incompleta, errónea o ilegible
- Por inconformidad con el costo del soporte material en el que se entrega la
información
- Por cualquier otra causa
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¿Puedo recibir orientación en materia de transparencia de parte del ITEI?
Sí. El ITEI ofrece sesiones de orientación gratuitas a la sociedad para que conozcan cómo
ejercer su derecho de acceso a la información pública. El calendario de sesiones de
orientación, así como los contactos del área Capacitación se encuentran publicados en la
página de Internet del ITEI: www.itei.org.mx
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¿A dónde puedo dirigirme en caso de tener algún problema o dudas en materia de transparencia?
Al ITEI: 36305745
info@itei.org.mx
www.itei.org.mx
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¿Para qué sirve la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco?
La Ley de Transparencia obliga a las instituciones públicas y privadas que reciben
recursos públicos de la sociedad, a que publiquen la información que tiene que ver con la
forma en que se gastan dichos recursos. Es decir, la Ley garantiza el derecho a conocer
el proceso y la toma de decisiones públicas, así como a solicitar, acceder, consultar, recibir, difundir, reproducir y publicar la información pública en manos de toda
organización que reciba recursos públicos. Además, la Ley protege la información
personal de los ciudadanos que se encuentra en manos del gobierno.
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Glosario
¿Quiénes son los sujetos obligados?
Son todas las organizaciones públicas o privadas
que reciben, administran o aplican recursos públicos estatales o municipales. (Art. 3 LTIPJ) y que están obligadas a cumplir con la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado Jalisco.
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¿Qué es la Unidad de Transparencia e Información (UTI)?
Es la oficina encargada de dar trámite y responder a las solicitudes de información. La UTI es el enlace entre el solicitante y el sujeto obligado, y entre éste y el ITEI.
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¿Qué es la Información pública?
Es toda la información que se genera con recursos
públicos, misma que se clasifica en información: fundamental, reservada y confidencial.
- Información fundamental
Es la información que tiene que ver con la estructura, funcionamiento, servicios que
ofrece y destino de recursos públicos del sujeto obligado. Los sujetos obligados tienen
la obligación de publicar su información fundamental de manera permanente y
actualizada, aún cuando no sea solicitada por alguna persona. (Art. 13, 14, 15, 16, 17 y 18).
- Información reservada
Es la información que por sus características su publicación podría causar un daño o
perjuicio a alguna persona o al Estado. Dicha información deberá reservarse por el
plazo durante el cual su difusión pueda causar algún daño. (Arts. 22 al 27)
- Información confidencial
Es la información relativa a la vida privada de las personas (domicilio, teléfono, estado
de salud, preferencias sexuales, ideas políticas, etc.) La publicación de esta
información atenta contra la intimidad de las personas, por lo que deberá protegerse
de manera permanente, es decir, no puede ser entregada a ninguna persona ni
publicarse.
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